< Levítico 25 >
1 Y él Señor dijo a Moisés en el monte Sinaí:
E o SENHOR falou a Moisés no monte Sinai, dizendo:
2 Di a los hijos de Israel: Cuando entren en la tierra que yo les daré, que la tierra guarde reposo para él Señor.
Fala aos filhos de Israel, e dize-lhes: Quando houverdes entrado na terra que eu vos dou, a terra guardará um sábado ao SENHOR.
3 Durante seis años, pongan semillas en su tierra, y durante seis años cuiden sus viñas y recojan su producto;
Seis anos semearás a tua terra, e seis anos podarás a tua vinha, e colherás os seus frutos;
4 Más que el séptimo año sea de reposo para la tierra, un día de reposo para el Señor; No pongan semillas en su tierra ni corten las viñas.
Mas no sétimo ano a terra terá um sábado de descanso, sábado ao SENHOR; não semearás a tua terra, nem podarás a tua vinha.
5 Lo que viene al crecimiento de sí mismo no puede ser cortado, y las uvas de sus enredaderas sin cuidado no pueden ser arrancadas; Que sea un año de descanso para la tierra.
O que nascer de si mesmo na tua terra ceifada não ceifarás; e as uvas do teu vinhedo não vindimarás; será um ano de descanso para a terra.
6 Mas él descanso de la tierra les dará alimento a ustedes, a su siervo, a su sierva, y los trabajadores, y a los de otro país que viven entre ustedes.
Mas o sábado da terra vos será para comer a ti, e a teu servo, e a tua serva, e a tua criado, e a tua estrangeiro que morar contigo:
7 Y por su ganado y las bestias en la tierra; Todo el incremento natural de la tierra será para alimento.
E a teu animal, e à animal que houver em tua terra, será todo o fruto dela para comer.
8 Y sean contados para ti siete sábados de años, siete veces siete años; incluso los días de siete sábados de años, que son cuarenta y nueve años;
E te hás de contar sete semanas de anos, sete vezes sete anos; de modo que os dias das sete semanas de anos virão a ser para ti quarenta e nove anos.
9 Entonces, que el fuerte cuerno sea sonado a lo largo y ancho en el décimo día del séptimo mes; en el día de quitar el pecado, que suene el cuerno por toda tu tierra.
Então farás passar a trombeta de júbilo no mês sétimo aos dez do mês; o dia da expiação fareis passar a trombeta por toda vossa terra.
10 Y sea santo este año cincuenta, y diga públicamente que todos en la tierra están libres de deudas: es el Jubileo, y cada hombre puede volver a su herencia y a su familia.
E santificareis o ano cinquenta, e apregoareis liberdade na terra a todos os seus moradores: este vos será jubileu; e voltareis cada um à sua possessão, e cada qual voltará à sua família.
11 Sea este quincuagésimo año el Jubileo: no se puede sembrar ninguna semilla, y lo que viene al crecimiento de sí mismo no puede ser cortado, y las uvas no pueden ser extraídas de las vides sin cuidado.
O ano dos cinquenta anos vos será jubileu: não semeareis, nem colhereis o que nascer de seu na terra, nem vindimareis seus vinhedos:
12 Porque es el jubileo, y es santo para ustedes; su comida será lo que produzca el campo.
Porque é jubileu: santo será a vós; o produto da terra comereis.
13 En este año de Jubileo, que cada hombre regrese a su herencia.
Em este ano de jubileu voltareis cada um à sua possessão.
14 Y en el negocio del comercio de compra venta de bienes, no se engañen entre sí.
E quando venderdes algo a vosso próximo, ou comprardes da mão de vosso próximo, não engane ninguém a seu irmão:
15 Dejen que su intercambio de bienes con sus vecinos tenga relación con el número de años posteriores al año de Jubileo, y el número de veces que la tierra le ha dado producto.
Conforme o número dos anos depois do jubileu comprarás de teu próximo; conforme o número dos anos dos frutos te venderá ele a ti.
16 Si el número de años es grande, el precio aumentará, y si el número de años es pequeño, el precio será menor, ya que es el producto de un cierto número de años que el hombre le está dando.
Conforme a abundância dos anos aumentarás o preço, e conforme a diminuição dos anos diminuirás o preço; porque segundo o número dos rendimentos te há de vender ele.
17 Y no se engañen los unos a los otros, sino que el temor de nuestro Dios esté delante de ustedes; porque yo soy el Señor tu Dios.
E não engane ninguém a seu próximo; mas terás temor de teu Deus: porque eu sou o SENHOR vosso Deus.
18 Así que guarda mis reglas y mis decisiones y Hazlas, y estarás a salvo en tu tierra.
Executai, pois, meus estatutos, e guardai meus regulamentos, e ponde-os por obra, e habitareis na terra seguros;
19 Y la tierra dará su fruto, y tendrás alimento en toda su extensión y estarás a salvo en la tierra.
E a terra dará seu fruto, e comereis até fartura, e habitareis nela com segurança.
20 Y si dices: ¿De dónde vendrá nuestra comida en el séptimo año, cuando no podamos sembrar, o aumentar?
E se disserdes: Que comeremos no sétimo ano? eis que não temos de semear, nem temos de colher nossos frutos:
21 Entonces, te enviaré mi bendición en el sexto año, y la tierra dará suficiente fruto por tres años.
Então eu vos enviarei minha bênção no sexto ano, e fará fruto por três anos.
22 Y en el octavo año pondrás tu semilla, y sacarás tu alimento añejo de las tiendas, hasta que el fruto del noveno año esté listo.
E semeareis no ano oitavo, e comereis do fruto alheio; até o ano nono, até que venha seu fruto comereis do alheio.
23 Ninguna venta de tierras puede ser para siempre, porque la tierra es mía, y ustedes son como mis invitados, viviendo conmigo por un tiempo.
E a terra não se venderá definitivamente, porque a terra minha é; que vós peregrinos e estrangeiros sois para comigo.
24 Dondequiera que haya propiedades en la tierra, el propietario debe tener el derecho de recuperarla.
Portanto, em toda a terra de vossa possessão, outorgareis remissão à terra.
25 Si tu hermano se vuelve pobre y tiene que ceder algo de su tierra por dinero, su relación más cercana puede venir y recuperar lo que su hermano ha vendido.
Quando teu irmão empobrecer, e vender algo de sua possessão, virá o resgatador, seu próximo, e resgatará o que seu irmão houver vendido.
26 Y si no tiene a nadie que se lo devuelva, y luego él mismo obtiene riqueza y tiene dinero suficiente para recuperarlo;
E quando o homem não tiver resgatador, se alcançar sua mão, e achar o que basta para seu resgate;
27 Luego, deje que tome en cuenta los años transcurridos desde el momento en que se dio por vencido, y compensará la pérdida del resto de los años con quien lo tomó, y así recuperar su propiedad.
Então contará os anos de sua venda, e pagará o que restar ao homem a quem vendeu, e voltará à sua possessão.
28 Pero si él no puede recuperarlo para sí mismo, entonces será guardado por el que dio un precio por ello, hasta el año de Jubileo; y en ese año volverá a su primer propietario y tendrá su propiedad nuevamente.
Mas se não alcançar sua mão o que basta para que volte a ele, o que vendeu estará em poder do que o comprou até o ano do jubileu; e ao jubileu sairá, e ele voltará à sua possessão.
29 Y si un hombre vende su casa en una ciudad amurallada por dinero, tiene derecho a recuperarla por el espacio de un año completo después de haberla abandonado.
E o homem que vender casa de morada em cidade cercado, poderá resgatá-la até acabar-se o ano de sua venda: ano será o termo de se poder resgatar.
30 Y si no lo recupera antes de fin de año, la casa del pueblo se convertirá en propiedad de quien dio el dinero para ella y de sus hijos para siempre; no podrá ser liberada en el año de jubileo.
E se não for resgatada dentro de ano inteiro, a casa que estiver na cidade murada ficará para sempre por daquele que a comprou, e para seus descendentes: não sairá no jubileu.
31 Pero las casas en pueblos pequeños y desamparados serán lo mismo que las propiedades en el país; Pueden ser recuperados, y volverán con sus dueños en el año de Jubileo.
Mas as casas das aldeias que não têm muro ao redor, serão estimadas como uma plantação da terra: terão remissão, e sairão no jubileu.
32 Pero las casas en las ciudades de los levitas pueden ser devueltas por los levitas en cualquier momento.
Porém em quanto às cidades dos levitas, sempre poderão resgatar os levitas as casas das cidades que possuírem.
33 Y si un levita no da dinero para recuperar sus propiedades, su casa en la ciudad que fue intercambiada por dinero le regresará en el año de Jubileo. Porque las casas de los pueblos de los levitas son propiedad de ellos entre los hijos de Israel.
E o que comprar dos levitas, sairá da casa vendida, ou da cidade de sua possessão, no jubileu: porquanto as casas das cidades dos levitas é a possessão deles entre os filhos de Israel.
34 Pero la tierra en las afueras de sus pueblos no puede ser cambiada por dinero, porque es su propiedad para siempre.
Mas a terra dos arredores de suas cidades não se venderá, porque é perpétua possessão deles.
35 Y si tu hermano se vuelve pobre y no puede ganarse la vida, debes mantenerlo contigo, ayudándolo como lo harías con un hombre de otro país que vive entre ustedes.
E quando teu irmão empobrecer, e se refugiar a ti, tu o ampararás: como peregrino e estrangeiro viverá contigo.
36 No tomarás de él usura, ni en dinero ni en bienes, sino ante el temor de tu Dios, y deja que tu hermano se gane la vida entre ustedes.
Não tomarás juros dele, nem lucro; mas terás temor de teu Deus, e teu irmão viverá contigo.
37 No le cobres interés por el dinero que le prestas o por la comida que le das.
Não lhe darás teu dinheiro a juros, nem tua comida a ganho:
38 Yo soy el Señor, tu Dios, que te saqué de la tierra de Egipto para darte la tierra de Canaán, para que yo sea tu Dios.
Eu sou o SENHOR vosso Deus, que vos tirei da terra do Egito, para vos dar a terra de Canaã, para ser vosso Deus.
39 Y si tu hermano se vuelve pobre y se entrega a ti mismo por dinero, no lo uses como un sirviente que es de tu propiedad;
E quando teu irmão empobrecer, estando contigo, e se vender a ti, não lhe farás servir como servo:
40 Pero que te acompañe como siervo trabajando de pago, hasta el año de Jubileo;
Como criado, como estrangeiro estará contigo; até o ano do jubileu te servirá.
41 Luego saldrá de ti, él y sus hijos con él, y regresará a su familia y a la propiedad de sus padres.
Então sairá de tua presença, ele e seus filhos consigo, e voltará à sua família, e à possessão de seus pais se restituirá.
42 Porque son mis siervos los que saqué de la tierra de Egipto; no pueden convertirse en propiedad de otro.
Porque são meus servos, os quais tirei eu da terra do Egito: não serão vendidos à maneira de servos.
43 No los trates con crueldad, pero ten el temor de Dios delante de ti.
Não serás senhor dele com dureza, mas terás temor de teu Deus.
44 Pero puedes obtener sirvientes como propiedad de entre las naciones alrededor; de ellos puedes tomar hombres, sirvientes y mujeres sirvientas.
Assim teu servo como tua serva que tiveres, serão das nações que estão em vosso ao redor: deles comprareis servos e servas.
45 Y además, puede obtener, por dinero, sirvientes de entre los niños de otras naciones que viven con usted y de sus familias que han nacido en su tierra; y estos serán de tu propiedad.
Também comprareis dos filhos dos forasteiros que vivem entre vós, e dos que da linhagem deles são nascidos em vossa terra, que estão convosco; os quais tereis por possessão:
46 Y después de ti serán herencia de tus hijos, para que sean de su propiedad; serán tus siervos para siempre; pero no seas un amo duro para tus compatriotas, los hijos de Israel.
E os possuireis por herança para vossos filhos depois de vós, como possessão hereditária; para sempre vos servireis deles; porém em vossos irmãos os filhos de Israel, não vos dominareis cada um sobre seu irmão com dureza.
47 Y si uno de otra nación que vive entre ustedes obtiene riqueza, y su compatriota, a su lado, se vuelve pobre y se da a sí mismo por dinero al hombre de otra nación o a uno de su familia;
E se o peregrino ou estrangeiro que está contigo, adquirisse meios, e teu irmão que está com ele empobrecer, e se vender ao peregrino ou estrangeiro que está contigo, ou à raça da família do estrangeiro;
48 Después de darse a sí mismo, tiene el derecho de ser liberado, por un precio, por uno de sus hermanos.
Depois que se houver vendido, poderá ser resgatado: um de seus irmãos o resgatará;
49 O el hermano de su padre, o el hijo del hermano de su padre, o cualquier relación cercana; o si obtiene dinero, puede liberarse.
Ou seu tio, ou o filho de seu tio o resgatará, ou o próximo de sua carne, de sua linhagem, o resgatará; ou se seus meios alcançarem, ele mesmo se resgatará.
50 Y que los años sean contados desde el momento en que se entregó a su dueño hasta el año de Jubileo, y el precio que se le dará será en relación con el número de años, en la escala del pago de un servidor.
E contará com o que o comprou, desde o ano que se vendeu a ele até o ano do jubileu: e há de estabelecer preço o dinheiro de sua venda conforme o número dos anos, e se fará com ele conforme o tempo de um criado assalariado.
51 Si todavía queda mucho tiempo, devolverá, a causa de ello, una parte del precio que se le dio.
Se ainda forem muitos anos, conforme eles voltará para seu resgate do dinheiro pelo qual se vendeu.
52 Y si hay poco tiempo, lo tendrá en cuenta con su amo, y en relación con el número de años, devolverá el precio de hacerlo libre.
E se restar pouco tempo até o ano do jubileu, então contará com ele, e devolverá seu resgate conforme seus anos.
53 Y estará con él como un siervo que trabaja para el pago año tras año; Su maestro no debe ser cruel con él ante tus ojos.
Como com tomado a salário anualmente fará com ele: não será senhor dele com aspereza diante de teus olhos.
54 Y si no se libera de esta manera, saldrá en el año de Jubileo, él y sus hijos con él.
Mas se não se resgatar em esses anos, no ano do jubileu sairá, ele, e seus filhos com ele.
55 Porque los hijos de Israel son siervos para mí; son mis siervos a los que saqué de la tierra de Egipto, Yo soy el Señor, su Dios.
Porque meus servos são os filhos de Israel; são servos meus, aos quais tirei da terra do Egito: Eu sou o SENHOR vosso Deus.