< Éxodo 22 >
1 Si un hombre toma sin derecho el buey de otro hombre o sus ovejas, y lo mata o lo vende, él dará cinco bueyes por un buey, o cuatro ovejas por oveja.
Cuando un hombre robe un buey o un cordero, y lo degüelle o lo venda, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquel cordero pagará cuatro corderos.
2 Si un ladrón es tomado en el acto de ingresar a una casa, y su muerte es causada por un golpe, el dueño de la casa no es responsable de su sangre.
Si un ladrón es hallado cuando irrumpe en un lugar y es herido de tal modo que muere, a nadie se inculpará por su sangre.
3 Pero si es después del amanecer, él será el responsable. Él que robó tendrá que restituir lo que se robó, y si no tiene con qué pagar; él mismo será vendido para pagar lo robado.
Pero si ya salió el sol, será delito de sangre. Ciertamente hará restitución. Si nada tiene, entonces será vendido por su robo.
4 Si todavía tiene lo que había tomado, sea lo que sea, buey o asno u oveja, debe dar el doble de su valor.
Si lo que robó se encuentra vivo en su poder, sea buey, asno u oveja, hará restitución con el doble.
5 Si un hombre permite que sus animales pasten en un campo o en un huerto de vid, y sus animales dañan el campo de otro hombre, debe dar lo mejor de su campo o su huerta para compensarlo.
Cuando alguno destroce un campo o una viña al soltar su bestia a pastar en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo o lo mejor de su viña.
6 Si hay un fuego y las llamas llegan a las espinas en el borde del campo, causando la destrucción del grano cortado o del grano vivo, o del campo, el que hizo el fuego tendrá que compensar el daño.
Cuando un fuego se propague a las espinas y consuma las gavillas amontonadas o en pie en el campo, el que encendió el fuego restituirá sin falta.
7 Si un hombre pone dinero o bienes al cuidado de su prójimo para que los guarde, y se los roban de la casa del hombre, si atrapan al ladrón, tendrá que pagar el doble del valor.
Cuando un hombre dé a su prójimo plata u objetos para que los guarde, y sean robados de la casa de aquel que los guardó, si se halla al ladrón, restituirá el doble.
8 Si no atraparon al ladrón, el dueño de la casa vendrá ante los jueces y prestará juramento de que no ha puesto la mano sobre los bienes de su prójimo.
Pero si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa se presentará ante los jueces y jurará si metió su mano en los bienes de su prójimo, o no.
9 En cualquier pregunta acerca de un buey o un asno o una oveja o ropa, o acerca de la pérdida de cualquier propiedad que cualquiera diga que es suya, permitan que las dos partes pongan su causa delante de los jueces; y el que resulte culpable ese hace el pago a su vecino del doble del valor.
En todo asunto de transgresión, sea de buey, de asno, de oveja, de ropa, o cualquier pérdida en la que se diga: Esto es así, el asunto de ambos se llevará ante los jueces, y aquel a quien los jueces declaren culpable, pagará el doble a su prójimo.
10 Si un hombre pone un asno, un buey, una oveja o una bestia en custodia de su prójimo, y llega a la muerte o es dañado o se lo llevan, sin que nadie lo vea:
Cuando un hombre dé a su prójimo un asno, buey u oveja, o cualquier animal para que lo guarde, y muera, o sea destrozado o robado sin que nadie vea,
11 Si hace su juramento delante del Señor, que no ha puesto su mano en los bienes de su prójimo, el dueño debe cumplir su palabra y no tendrá que pagar por ello.
se interpondrá juramento ante Yavé entre ambos para afirmar que su mano no se extendió a los bienes de su prójimo, su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
12 Pero si se lo quita un ladrón, debe compensar la pérdida de él con su dueño.
Pero si fue robado de junto a él, hará restitución a su dueño,
13 Pero si ha sido dañado por una bestia, y él puede aclarar esto, no tendrá que pagar por lo que fue dañado.
y si fue destrozado por una fiera, le llevará evidencia y no pagará lo destrozado.
14 Si un hombre obtiene de su vecino el uso de una de sus bestias, y se daña o muere cuando el propietario no está con ella, sin duda tendrá que pagar por la pérdida.
Cuando un hombre pida a su prójimo un animal, y sea herido o muerto en ausencia de su dueño, ciertamente lo pagará.
15 Si el propietario estaba presente, no tendrá que hacer el pago: si dio dinero por el uso de la misma, la pérdida está cubierta por el pago.
Si el dueño está presente, no pagará. Si era alquilado, entrará en su alquiler.
16 Si un hombre toma una virgen, que no le ha dado su palabra a otro hombre, y tiene relaciones con ella, él tendrá que dar un precio de la novia para que ella sea su esposa.
Si un varón seduce a una virgen que no está comprometida y se une a ella, ciertamente deberá pagar la dote a fin de tomarla como esposa para él mismo.
17 Si su padre no se la entrega a él como esposa, tendrá que dar el pago regular para las vírgenes.
Pero si su padre rehúsa terminantemente dársela, él pagará el dinero conforme a la dote de las vírgenes.
18 Cualquier mujer hechicera será ejecutada.
No dejarás vivir a la hechicera.
19 Todo hombre que tenga relaciones sexuales con una bestia será condenado a muerte.
Todo el que se ayunte con animal ciertamente será muerto.
20 La destrucción total vendrá sobre cualquier hombre que haga ofrendas a cualquier otro dios que no sea el Señor.
El que ofrezca sacrificio a cualquier ʼelohim que no sea Yavé, será completamente destruido.
21 No hagas mal a un hombre de un país extraño, y no seas duro con él; porque ustedes mismos estaban viviendo en un país extraño, en la tierra de Egipto.
No maltratarás ni oprimirás al extranjero, porque también ustedes fueron extranjeros en la tierra de Egipto.
22 No le hagas mal a una viuda, ni a un niño huérfano.
No afligirán a la viuda ni al huérfano.
23 Si eres cruel con ellos de alguna manera, y su clamor viene a mí, ciertamente voy a prestar oído;
Porque si los afligen, y ellos elevan su clamor a Mí, ciertamente escucharé el clamor de ellos
24 En el calor de mi ira te mataré a espada, y tus esposas serán viudas y tus hijos huérfanos.
y se encenderá mi ira. A ustedes los haré morir a espada, y sus esposas quedarán viudas y sus hijos huérfanos.
25 Si permites que cualquiera de los pobres entre mi gente use tu dinero, no seas un acreedor duro para él y no le impondrás intereses.
Si prestas dinero al pobre de mi pueblo que está entre ustedes, no actuarás como un acreedor ni le cobrarás interés.
26 Si esa persona te da su ropa como garantía, se la devolverás antes de que se ponga el sol:
Si tomas en prenda la ropa de tu prójimo, se lo devolverás antes de la puesta del sol,
27 Porque es lo único que tiene para cubrir su piel; ¿en qué se va a dormir? y cuando su clamor llegue a mí, lo escucharé, porque mi misericordia es grande.
pues la ropa es su único cobertor para su piel. ¿En qué se va a acostar? Y si clama a Mí, sucederá que Yo lo escucharé, porque soy misericordioso.
28 No puedes decir mal de los jueces, ni maldecir al gobernante de tu pueblo.
No insultarás a los jueces, ni maldecirás al magistrado de tu pueblo.
29 No tardes de traer tus ofrendas de la riqueza de tu grano y tus viñedos. El primero de tus hijos debes darme.
No retardes la ofrenda de tu cosecha y de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos.
30 De la misma manera con tus bueyes y tus ovejas: durante siete días estará con su madre; en el octavo día dámelo.
Lo mismo harás con el de tu buey y con el de tu oveja. Siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 Serán para mí hombres santos; la carne de ningún animal, cuya muerte haya sido causada por las bestias del campo, se puede usar para su alimento; es para ser dado a los perros.
Me serán hombres santos. No comerán carne despedazada en el campo. La echarán a los perros.