< Deuteronomio 24 >

1 Si un hombre toma esposa, y después de que se casen, él a encontrado algo impuro en ella, que le dé una declaración de divorcio por escrito y la enviará lejos de su casa.
CUANDO alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y despedirála de su casa.
2 Y cuando ella se haya alejado de él, puede convertirse en la esposa de otro hombre.
Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.
3 Y si el segundo marido no la ama y, dándole una declaración de divorcio por escrito, la despide; o si la muerte le llega al segundo marido con quien se casó;
Y si la aborreciere aqueste último, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; ó si muriere el postrer hombre que la tomó para sí por mujer,
4 Su primer marido, que la había enviado lejos, no puede llevarla de vuelta después de que ella haya sido esposa de otro; porque eso es repugnante para el Señor, y no deben ser causa del pecado en la tierra que el Señor tu Dios te da para tu herencia.
No podrá su primer marido, que la despidió, volverla á tomar para que sea su mujer, después que fué amancillada; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.
5 Un hombre recién casado no tendrá que salir con el ejército ni emprender ningún negocio, sino que puede estar libre por un año, viviendo en su casa para la comodidad de su esposa.
Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá á la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar á su mujer que tomó.
6 Nadie debe tomar, a causa de una deuda, las piedras con las que se muele el grano: porque al hacerlo, sería como pedirle en prenda su propia vida.
No tomarás en prenda la muela de molino, ni la de abajo ni la de arriba: porque sería prendar la vida.
7 Si un hombre secuestra a uno de sus compatriotas, a los hijos de Israel, usándolo como su esclavo o vendiéndolo, ese secuestrador debe ser condenado a muerte. Para acabar así con él mal, debe deshacerse del mal de entre ustedes.
Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, ó la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.
8 En relación con la enfermedad de los leprosos, tengan cuidado de guardar y hacer todos los detalles de la enseñanza de los sacerdotes, los levitas: como les di las órdenes, así deben hacer.
Guárdate de llaga de lepra, observando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes Levitas: cuidaréis de hacer como les he mandado.
9 Ten en cuenta lo que el Señor tu Dios le hizo a María en el camino, cuando saliste de Egipto.
Acuérdate de lo que hizo Jehová tu Dios á María en el camino, después que salisteis de Egipto.
10 Si dejas que tu hermano use algo que es tuyo, no entren en su casa y tomen nada de él como signo de su deuda;
Cuando dieres á tu prójimo alguna cosa emprestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda:
11 Pero mantente afuera hasta que él salga y te lo dé.
Fuera estarás, y el hombre á quien prestaste, te sacará afuera la prenda.
12 Si es un hombre pobre, no guarden su propiedad toda la noche;
Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda:
13 Pero asegúrense de devolverla cuando el sol se ponga, para que pueda tener su ropa para dormir, y les dé su bendición: y esto será presentado ante ustedes como justicia ante el Señor tu Dios supremo.
Precisamente le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga: y te será justicia delante de Jehová tu Dios.
14 No sean duros con un sirviente pobre y necesitado, si es uno de sus compatriotas o un hombre de otra nación que vive con ustedes en su tierra.
No hagas agravio al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades:
15 Dale su pago día a día, no guardándolo durante la noche; porque él es pobre y su vida depende de ello; y si su clamor contra ustedes llega a los oídos del Señor, será juzgado como pecado en ustedes.
En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo: pues es pobre, y con él sustenta su vida: porque no clame contra ti á Jehová, y sea en ti pecado.
16 Los padres no deben ser condenados a muerte por sus hijos o hijos por sus padres: todo hombre debe ser condenado a muerte por el pecado que él mismo ha cometido.
Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
17 Sean honestos al juzgar la causa del hombre de un país extraño y de aquel que no tiene padre; No tomen la ropa de una viuda a causa de una deuda:
No torcerás el derecho del peregrino y del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda:
18 Pero tengan en cuenta que eran siervos en la tierra de Egipto, y el Señor tu Dios los liberó. Por eso les doy órdenes de hacer esto.
Mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató Jehová tu Dios: por tanto, yo te mando que hagas esto.
19 Cuando estén cosechando el grano de su campo, si parte del grano se ha caído por casualidad en el campo, no regresen a buscarlo, sino que sea para el hombre extranjero, el niño sin padre, y la viuda: para que la bendición del Señor tu Dios esté en toda la obra de sus manos.
Cuando segares tu mies en tu campo, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás á tomarla: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será; porque te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos.
20 Cuando estén sacudiendo la fruta de sus olivos, no pasen por encima de las ramas por segunda vez: sea para el hombre extranjero, el niño sin padre y la viuda.
Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.
21 Cuando estés arrancando las uvas de tus enredaderas, no tomes las que se han caído; Que sean para el hombre extranjero, el niño sin padre y la viuda.
Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.
22 Tengan en cuenta que eran esclavos en la tierra de Egipto; por eso te mando que hagas esto.
Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto: por tanto, yo te mando que hagas esto.

< Deuteronomio 24 >