< Deuteronomio 15 >

1 Al final de cada siete años debe haber un perdón general de la deuda.
Al cabo de los siete años harás remisión.
2 Así es como debe hacerse: todo acreedor que haya prestado algo a su prójimo, le perdonará lo que le haya prestado; no debe exigir a su vecino, su paisano, que le pague; porque un perdón general ha sido ordenado por el Señor.
Y ésta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquél que hizo empréstito de su mano, con que adeudó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano; porque la remisión del SEÑOR es pregonada.
3 Un hombre de otra nación es obligado a pagar su deuda, pero si tu hermano tiene algo tuyo, déjalo;
Del extranjero demandarás el reintegro; mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo soltará tu mano,
4 De esta manera no habrá pobres entre ustedes; porque el Señor ciertamente les dará su bendición en la tierra que el Señor su Dios les da para su herencia;
para que así no haya en ti mendigo; porque el SEÑOR te bendecirá con abundancia en la tierra que Dios te da por heredad para que la poseas,
5 Si solo escuchan la voz del Señor su Dios, y cuidan de cumplir todas estas órdenes que les doy hoy.
si empero escuchares fielmente la voz del SEÑOR tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te mando hoy.
6 Porque el Señor su Dios les dará su bendición como él ha dicho: permitirán que otras naciones usen su dinero, pero ustedes no pedirán prestado; serán gobernante de varias naciones, pero no serán gobernados por ellas.
Ya que el SEÑOR tu Dios te habrá bendecido, como te ha dicho, prestarás entonces a muchos gentiles, mas tú no tomarás prestado; y te enseñorearás de muchos gentiles, pero de ti no se enseñorearán.
7 Si en alguno de sus pueblos en la tierra que el Señor su Dios les está dando, hay un hombre pobre, uno de sus compatriotas, no dejen que su corazón se endurezca no le nieguen la ayuda a tu compatriota necesitado;
Si hubiere en ti mendigo de entre tus hermanos en alguna de tus ciudades, en tu tierra que el SEÑOR tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano a tu hermano mendigo.
8 Pero deja que tu mano sea extendida para darle de lo que necesite.
Mas abrirás a él tu mano liberalmente, y le prestarás todo lo que necesite en lo que hubiere menester.
9 Y observa que no haya ningún pensamiento malo en tu corazón que te mueva a decirte a ti mismo: El séptimo año, el año del perdón está cerca; y mirando tan fríamente a tu pobre paisano, no le das nada; Y él clamará al Señor contra ti, y será juzgado como pecado en ti.
Guárdate que no haya en tu corazón perverso pensamiento, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión; y tu ojo sea maligno sobre tu hermano menesteroso para no darle; porque él clamará contra ti al SEÑOR, y te será por pecado.
10 Pero es correcto que le des, sin pena de corazón: por eso, la bendición del Señor tu Dios estará en todo tu trabajo y en todo aquello a lo que pones tu mano.
Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno cuando le dieres; que por ello te bendecirá el SEÑOR tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que pusiereis mano.
11 Porque nunca habrá un tiempo en que no haya pobres en la tierra; y así te doy órdenes, deja que tu mano esté abierta a tus compatriotas, a los pobres y necesitados en tu tierra.
Porque no faltarán menesterosos de en medio de la tierra; por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, a tu pobre, y a tu menesteroso en tu tierra.
12 Si uno de tus compatriotas, un hombre o una mujer hebreos, se convierte en tu servidor por un precio y trabaja para ti seis años, en el séptimo año, déjalo en libertad.
Cuando se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo año le enviarás de ti libre.
13 Y cuando lo liberes, no lo dejes ir sin nada en sus manos:
Y cuando lo enviares de ti libre, no lo enviarás vacío.
14 Pero dale gratuitamente de tu rebaño, de tu grano y de tu vino: en la medida de la riqueza que el Señor tu Dios te ha dado, debes compartirlo.
Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era, y de tu lagar; le darás de aquello en que el SEÑOR te hubiere bendecido.
15 Y ten en cuenta que tú mismo fuiste siervo en la tierra de Egipto, y el Señor tu Dios te hizo libre. por eso te doy esta orden hoy.
Y te acordarás que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que el SEÑOR tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy.
16 Pero si él te dice, no tengo ningún deseo de alejarme de ti; porque tú y tu familia son muy queridos para él y él es feliz contigo;
Y será que, si él te dijere: No saldré de contigo; porque te ama a ti y a tu casa, que le va bien contigo;
17 Luego toma un instrumento afilado, arrimándolo a la puerta, agujera su oreja en la puerta, y él será tu sirviente para siempre. Y tú puedes hacer lo mismo con tu sirvienta.
entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja junto a la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada.
18 Que no te parezca difícil que tengas que despedirlo; porque él ha estado trabajando para ti durante seis años, que es el doble del tiempo regular para un sirviente: y la bendición del Señor tu Dios estará sobre ti en todo lo que hagas.
No te parezca duro cuando le enviares libre de ti; que por la mitad del costo del jornalero te sirvió seis años; y el SEÑOR tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.
19 Todos los primeros machos que nacen de tus vacas o de tus ovejas deben ser santos para el Señor tu Dios: el primer nacimiento de tu buey no debe usarse para el trabajo, la lana de tu primer cordero no es para ser cortado.
Santificarás al SEÑOR tu Dios todo primerizo macho que nacerá de tus vacas y de tus ovejas; no te sirvas del primerizo de tus vacas, ni trasquiles el primerizo de tus ovejas.
20 Pero año tras año, ustedes y toda su casa deben comer ante el Señor, en el lugar que él haya escogido.
Delante del SEÑOR tu Dios los comerás cada año, tú y tu casa, en el lugar que el SEÑOR escogiere.
21 Pero si tiene algún defecto, si está ciego o tiene las piernas dañadas, o si hay algo malo en ello, no se le ofrezca al Señor su Dios.
Y si hubiere en él tacha, si fuere ciego o cojo, o hubiere en él cualquier falta maligna, no lo sacrificarás al SEÑOR tu Dios.
22 Puede ser usado como alimento en sus casas: lo impuro y lo limpio pueden quitarlo, como cuando se come la gacela y el ciervo.
En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo mismo que el limpio comerán de él, como de un corzo o de un ciervo.
23 Pero no deben comer su sangre como alimento, sino que se derrame sobre la tierra como el agua.
Solamente que no comas su sangre; sobre la tierra la derramarás como agua.

< Deuteronomio 15 >