< Levítico 27 >

1 Y HABLÓ Jehová á Moisés, diciendo:
Habló Yahvé a Moisés, diciendo:
2 Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando alguno hiciere especial voto á Jehová, según la estimación de las personas que se hayan de redimir, así será tu estimación:
“Habla a los hijos de Israel y diles: Si uno hiciere un voto a Yahvé tocante a personas, estas (serán valoradas) según tu tasación.
3 En cuanto al varón de veinte años hasta sesenta, tu estimación será cincuenta siclos de plata, según el siclo del santuario.
Si el objeto de tu tasación es un varón de veinte a sesenta años, tu valuación será de cincuenta siclos de plata, según el siclo del santuario.
4 Y si fuere hembra, la estimación será treinta siclos.
Mas si se trata de una mujer, tu valuación será de treinta siclos.
5 Y si fuere de cinco años hasta veinte, tu estimación será respecto al varón veinte siclos, y á la hembra diez siclos.
De los cinco a los veinte años, tu valuación será, para varón, veinte siclos; para mujer, diez siclos.
6 Y si fuere de un mes hasta cinco años, tu estimación será en orden al varón, cinco siclos de plata; y por la hembra será tu estimación tres siclos de plata.
De un mes hasta la edad de cinco años, será tu valuación para niño cinco siclos de plata; para niña será tu valuación tres siclos de plata.
7 Mas si fuere de sesenta años arriba, por el varón tu estimación será quince siclos, y por la hembra diez siclos.
De sesenta años para arriba, será tu valuación, para varón, quince siclos; para mujer, diez siclos.
8 Pero si fuere más pobre que tu estimación, entonces comparecerá ante el sacerdote, y el sacerdote le pondrá tasa: conforme á la facultad del votante le impondrá tasa el sacerdote.
Si uno es tan pobre que no puede pagar tu valuación, será presentado al sacerdote, el cual le tasará a razón de los recursos que tenga el oferente.
9 Y si fuere animal de que se ofrece ofrenda á Jehová, todo lo que se diere de él á Jehová será santo.
Si se trata de un animal que se puede ofrecer a Yahvé en oblación, todo lo que de él se diere a Yahvé será santo.
10 No será mudado ni trocado, bueno por malo, ni malo por bueno: y si se permutare un animal por otro, él y el dado por él en cambio serán sagrados.
No se mudará ni se trocará bueno por malo, ni malo por bueno; y si de alguna manera se permutare un animal por otro, tanto el trocado como su sustituto serán cosa santa.
11 Y si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda á Jehová, entonces el animal será puesto delante del sacerdote:
Mas si es uno de los animales impuros, de los que no se puede ofrecer como oblación a Yahvé, será presentado el animal al sacerdote,
12 Y el sacerdote lo apreciará, sea bueno ó sea malo; conforme á la estimación del sacerdote, así será.
el cual lo tasará según sea bueno a malo; y se hará conforme a la estimación del sacerdote.
13 Y si lo hubieren de redimir, añadirán su quinto sobre tu valuación.
Si uno quisiere redimirlo, añada un quinto a tu valuación.
14 Y cuando alguno santificare su casa consagrándola á Jehová, la apreciará el sacerdote, sea buena ó sea mala: según la apreciare el sacerdote, así quedará.
Si alguno consagra su casa, para que sea santa a Yahvé, la tasará el sacerdote, según sea buena o mala. Conforme a la valuación del sacerdote, así será.
15 Mas si el santificante redimiere su casa, añadirá á tu valuación el quinto del dinero de ella, y será suya.
Si el que consagró la casa desea rescatarla, añada la quinta parte al precio de tu valuación, y será suya.
16 Y si alguno santificare de la tierra de su posesión á Jehová, tu estimación será conforme á su sembradura: un omer de sembradura de cebada se apreciará en cincuenta siclos de plata.
Si uno consagra parte del campo de su posesión a Yahvé, será tu valuación según la cantidad de semilla necesaria para sembrarlo: a razón de cincuenta siclos por cada hómer de cebada.
17 Y si santificare su tierra desde el año del jubileo, conforme á tu estimación quedará.
Si él consagró su campo desde el año del jubileo, se atendrá a tu valuación.
18 Mas si después del jubileo santificare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme á los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación.
Mas si consagra su campo después del jubileo, el sacerdote hará la valuación del precio a razón de los años que queden hasta el año del jubileo; y según eso será el descuento de tu valuación.
19 Y si el que santificó la tierra quisiere redimirla, añadirá á tu estimación el quinto del dinero de ella, y quedaráse para él.
Si el que consagró el campo desea rescatarlo, añada la quinta parte al precio de tu valuación, y quedará suyo.
20 Mas si él no redimiere la tierra, y la tierra se vendiere á otro, no la redimirá más;
Pero si no rescata el campo, y este se vendiere a otro, el campo no podrá ser rescatado en adelante.
21 Sino que cuando saliere en el jubileo, la tierra será santa á Jehová, como tierra consagrada: la posesión de ella será del sacerdote.
Ese campo, cuando salga libre en el jubileo, será consagrado a Yahvé como campo de anatema, y pertenecerá al sacerdote.
22 Y si santificare alguno á Jehová la tierra que él compró, que no era de la tierra de su herencia,
Si alguno consagra a Yahvé un campo que compró y que no forma parte de su patrimonio,
23 Entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu señalado precio, cosa consagrada á Jehová.
el sacerdote le calculará el importe de la valuación hasta el año del jubileo; y él pagará ese mismo día la suma de la valuación como cosa consagrada a Yahvé.
24 En el año del jubileo, volverá la tierra á aquél de quien él la compró, cuya es la herencia de la tierra.
El año del jubileo volverá el campo al vendedor, al que pertenece como propietario del campo.
25 Y todo lo que apreciares será conforme al siclo del santuario: el siclo tiene veinte óbolos.
Todas tus valuaciones se harán según el siclo del Santuario; veinte güeras son un siclo.
26 Empero el primogénito de los animales, que por la primogenitura es de Jehová, nadie lo santificará; sea buey ú oveja, de Jehová es.
Nadie, empero, podrá consagrar los primogénitos de los animales, que por ser primogénitos son de Yahvé. Sean del ganado mayor o del menor, pertenecen a Yahvé.
27 Mas si fuere de los animales inmundos, lo redimirán conforme á tu estimación, y añadirán sobre ella su quinto: y si no lo redimieren, se venderá conforme á tu estimación.
Si se trata de un animal impuro, y uno desea rescatarlo según tu estimación, añada la quinta parte al precio; mas si no fuere rescatado, sea vendido conforme a tu valuación.
28 Pero ninguna cosa consagrada, que alguno hubiere santificado á Jehová de todo lo que tuviere, de hombres y animales, y de las tierras de su posesión, no se venderá, ni se redimirá: todo lo consagrado será cosa santísima á Jehová.
Nada de lo que uno de toda su propiedad dedique a Yahvé con anatema, sea hombre o bestia o campo de su posesión, podrá venderse ni rescatarse. Toda cosa dedicada con anatema es sacratísima para Yahvé.
29 Cualquier anatema (cosa consagrada) de hombres que se consagrare, no será redimido: indefectiblemente ha de ser muerto.
Ninguna persona consagrada con anatema podrá ser rescatada; muera irremisiblemente.
30 Y todas las décimas de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles, de Jehová son: es cosa consagrada á Jehová.
El diezmo entero de la tierra, tanto de las semillas de la tierra como de los frutos de los árboles, es de Yahvé; es cosa consagrada a Yahvé.
31 Y si alguno quisiere redimir algo de sus décimas, añadirá su quinto á ello.
Si alguno quiere rescatar parte de su diezmo, añada la quinta parte a su precio.
32 Y toda décima de vacas ó de ovejas, de todo lo que pasa bajo la vara, la décima será consagrada á Jehová.
Cada décimo animal del ganado mayor y del ganado menor, de todo lo que pasa bajo el cayado, cada décima cabeza será consagrada a Yahvé.
33 No mirará si es bueno ó malo, ni lo trocará: y si lo trocare, ello y su trueque serán cosas sagradas; no se redimirá.
No se escogerá entre animal bueno o malo, ni se ha de trocar; y si hiciere trueque, tanto el animal trocado como su sustituto serán cosas santas; no podrán ser rescatados.”
34 Estos son los mandamientos que ordenó Jehová á Moisés, para los hijos de Israel, en el monte de Sinaí.
Estos son los mandamientos que Yahvé dio a Moisés para los hijos de Israel en el monte Sinaí.

< Levítico 27 >