< Números 35 >

1 Y habló Jehová a Moisés en los campos de Moab junto al Jordán de Jericó, diciendo:
Habló Yahvé a Moisés en las campiñas de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciendo:
2 Manda a los hijos de Israel, que den a los Levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten; y los ejidos de las ciudades daréis a los Levitas al derredor de ellas.
“Manda a los hijos de Israel que de las posesiones de su propiedad cedan a los levitas ciudades para habitar; también daréis a los levitas lugares de pasto alrededor de esas ciudades.
3 Y las ciudades tendrán para habitar ellos; y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
Las ciudades servirán para que habiten en ellas, y sus dehesas serán para sus ganados, para sus rebaños y para todos sus animales.
4 Y los ejidos de las ciudades, que daréis a los Levitas, estarán mil codos al derredor desde el muro de la ciudad para fuera:
Las dehesas para las ciudades que daréis a los levitas, abarcarán, a partir del muro de la ciudad, para afuera, el espacio de mil codos a la redonda.
5 Luego mediréis fuera de la ciudad a la parte del oriente dos mil codos, y a la parte del mediodía dos mil codos, y a la parte del occidente dos mil codos, y a la parte del norte dos mil codos; y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
Mediréis, fuera de la ciudad, al oriente dos mil codos, al mediodía dos mil codos, al occidente dos mil codos, y al norte dos mil codos, de suerte que la ciudad esté en el centro. Estas serán las dehesas para las ciudades.
6 Y de las ciudades que daréis a los Levitas, seis ciudades serán de acogimiento, las cuales daréis para que el homicida se acoja allá: y allende de estas daréis cuarenta y dos ciudades.
De estas ciudades que daréis a los levitas seis serán las ciudades de refugio, las cuales destinaréis para que se refugie en ellas el que derramare sangre. Además de estas daréis cuarenta y dos ciudades.
7 Todas las ciudades que daréis a los Levitas serán cuarenta y ocho ciudades, ellas y sus ejidos.
Todas las ciudades con sus dehesas que habéis de dar a los levitas serán cuarenta y ocho.
8 Y las ciudades que diéreis de la heredad de los hijos de Israel, del mucho tomaréis mucho, y del poco tomaréis poco: cada uno dará de sus ciudades a los Levitas según la posesión que heredará.
Las ciudades que les daréis de la posesión de los hijos de Israel, las tomaréis en mayor número de los que tienen muchas, y en menor número de los que tienen pocas. Cada (tribu) dará de sus ciudades a los levitas en proporción de la herencia que haya recibido.”
9 Ítem, Jehová habló a Moisés, diciendo:
Habló Yahvé a Moisés, diciendo:
10 Habla a los hijos de Israel, y díles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán,
“Habla a los hijos de Israel y diles: Después de haber pasado el Jordán (y entrado) en la tierra de Canaán,
11 Señalaros heis ciudades: ciudades de acogimiento tendréis, donde huya el homicida, que hiriere a alguno por yerro.
elegiréis ciudades que sean para vosotros ciudades de refugio, para que pueda refugiarse allá el homicida que por error haya dado muerte a una persona.
12 Y seros han aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congregación.
Estas ciudades de refugio os servirán de asilo contra el vengador de la sangre, para que no muera el homicida antes de presentarse delante de la Congregación para ser juzgado.
13 Y de las ciudades que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.
De las ciudades que habéis de reservar, seis os servirán de ciudades de refugio.
14 Las tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y las otras tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de acogimiento.
Tres ciudades señalaréis en la otra parte del Jordán, y tres en la tierra de Canaán. Estas serán ciudades de refugio.
15 Estas seis ciudades serán para acogimiento a los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morará entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere a otro por yerro.
Tanto para los hijos de Israel como para el extranjero y el que mora en medio de ellos, estas seis ciudades servirán de asilo, para que pueda refugiarse allá quien haya matado a alguno por error.”
16 Y si con instrumento de hierro le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
“Si lo hiere con instrumento de hierro y muere (el herido), homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.
17 Y si con piedra de mano de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
Si lo hiere teniendo en la mano una piedra que pueda causar la muerte, y (el herido) muere, homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.
18 Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, le hiriere, homicida es; el homicida morirá.
O si lo hirió teniendo en la mano un instrumento de madera que pueda causar la muerte, y (el herido) muere, homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.
19 El redimidor de la sangre, él matará al homicida; cuando le encontrare, él le matará.
El vengador de la sangre matará él mismo al homicida; dondequiera que le encuentre lo matará.
20 Y si con odio le rempujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y murió:
Si por odio le da empellones, o arroja algo sobre él con mala intención y (el herido) muere,
21 O por enemistad le hirió con su mano, y murió, el heridor morirá, homicida es; el redimidor de la sangre matará al homicida, cuando le encontrare.
o si por enemistad lo hiere a puñadas y se sigue la muerte, será muerto irremisiblemente aquel que le dio el golpe; homicida es; el vengador de la sangre dará muerte al homicida tan pronto como lo encontrare.
22 Mas si a caso sin enemistades le rempujó, o echó sobre él cualquiera instrumento sin asechanzas,
Mas si por casualidad, sin enemistad, le da un empujón o arroja sobre él cualquier cosa sin intención maligna,
23 O hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, sin verle, y muriere, y él no era su enemigo ni procuraba su mal,
o si, sin verle, deja caer sobre él una piedra que pueda causar la muerte, y se sigue la muerte, sin que él fuese enemigo suyo y sin procurar su daño;
24 Entonces la congregación juzgará entre el heridor y el redimidor de la sangre conforme a estas leyes.
entonces la Congregación juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre, de acuerdo con estas normas.
25 Y la congregación librará al homicida de mano del redimidor de la sangre, y la congregación le hará volver a su ciudad de acogimiento, a la cual se había acogido, y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fue ungido con el santo aceite.
La Congregación librará al homicida de la mano del vengador de la sangre, y le volverá a su ciudad de asilo, donde se refugió; y habitará en ella hasta la muerte del Sumo Sacerdote ungido con el óleo santo.
26 Y si saliendo saliere el homicida del término de su ciudad de acogimiento, a la cual se acogió,
Mas si el homicida sale fuera de los límites de su ciudad de asilo, donde se refugió,
27 Y el redimidor de la sangre le hallare fuera del término de la ciudad de su acogimiento, y el redimidor de la sangre matare al homicida, no habrá por ello muerte.
y el vengador de la sangre le halla fuera de los límites de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no tendrá culpa de sangre,
28 Mas en su ciudad de acogimiento habitará hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote el homicida volverá a la tierra de su posesión.
por cuanto (el homicida) debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del Sumo Sacerdote; solo después de la muerte del Sumo Sacerdote podrá el homicida volver a la tierra de su posesión.
29 Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades en todas vuestras habitaciones.
Estas reglas os servirán de normas de derecho, de generación en generación, en todas vuestras moradas.”
30 Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida, y un testigo no hablará contra persona para que muera.
“Todo homicida será muerto por el testimonio de testigos; un solo testigo no podrá deponer contra nadie para hacerle morir.
31 Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte, mas de muerte morirá.
No aceptaréis rescate por la vida del homicida que es digno de muerte; sino que morirá irremisiblemente.
32 Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de acogimiento para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
Tampoco aceptaréis rescate por aquel que se refugió en su ciudad de asilo, para que vuelva a vivir en su tierra antes de la muerte del Sumo Sacerdote.
33 Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis, porque esta sangre contaminará la tierra; y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
No profanéis el país donde moráis; porque la sangre profana la tierra; y no hay expiación por la tierra para purificarla de la sangre en ella derramada sino con la sangre de aquel que la derramó.
34 No contaminéis pues la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito: porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.
Por lo cual no contaminéis el país donde moráis, y en cuyo medio habito Yo, pues Yo, Yahvé, tengo mi morada en medio de los hijos de Israel.”

< Números 35 >