< Números 35 >

1 El Señor le habló a Moisés en las llanuras de Moab junto al Jordán, frente a Jericó. Le dijo,
Y habló Jehová a Moisés en los campos de Moab junto al Jordán de Jericó, diciendo:
2 “Ordena a los israelitas que provean de sus ciudades de asignación de tierras para que los levitas vivan y pasten alrededor de las ciudades.
Manda a los hijos de Israel, que den a los Levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten; y los ejidos de las ciudades daréis a los Levitas al derredor de ellas.
3 Las ciudades son para que vivan en ellas, y los pastos serán para sus rebaños y para todo su ganado.
Y las ciudades tendrán para habitar ellos; y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
4 Los pastos alrededor de las ciudades que le des a los levitas se extenderán desde el muro mil codos por todos lados.
Y los ejidos de las ciudades, que daréis a los Levitas, estarán mil codos al derredor desde el muro de la ciudad para fuera:
5 Mide dos mil codos fuera de la ciudad al Este, dos mil al Sur, dos mil al Oeste y dos mil al Norte, con la ciudad en el medio. Estas áreas serán sus pastos alrededor de las ciudades.
Luego mediréis fuera de la ciudad a la parte del oriente dos mil codos, y a la parte del mediodía dos mil codos, y a la parte del occidente dos mil codos, y a la parte del norte dos mil codos; y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
6 “Seis de los pueblos que le das a los levitas serán pueblos santuarios, donde una persona que mata a alguien puede correr para protegerse. Además de estas ciudades, dale a los levitas cuarenta y dos más.
Y de las ciudades que daréis a los Levitas, seis ciudades serán de acogimiento, las cuales daréis para que el homicida se acoja allá: y allende de estas daréis cuarenta y dos ciudades.
7 El número total de pueblos que le darás a los levitas es de cuarenta y ocho, junto con sus pastos.
Todas las ciudades que daréis a los Levitas serán cuarenta y ocho ciudades, ellas y sus ejidos.
8 Las ciudades que asignes para ser entregadas a los levitas serán tomadas del territorio de los israelitas, y tomarás más de las tribus más grandes y menos las más pequeñas. El número será proporcional al tamaño de la asignación de tierras de cada tribu”.
Y las ciudades que diéreis de la heredad de los hijos de Israel, del mucho tomaréis mucho, y del poco tomaréis poco: cada uno dará de sus ciudades a los Levitas según la posesión que heredará.
9 El Señor le dijo a Moisés,
Ítem, Jehová habló a Moisés, diciendo:
10 “Dile a los israelitas: ‘Cuando cruces el Jordán hacia Canaán,
Habla a los hijos de Israel, y díles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán,
11 escoge pueblos como tus pueblos de santuario, para que una persona que mate a alguien por error pueda correr allí.
Señalaros heis ciudades: ciudades de acogimiento tendréis, donde huya el homicida, que hiriere a alguno por yerro.
12 Estas ciudades serán para ustedes santuario de los que buscan venganza, para que el asesino no muera hasta que sea juzgado en un tribunal.
Y seros han aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congregación.
13 “Las ciudades que elijan serán sus seis ciudades santuario.
Y de las ciudades que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.
14 Elijan tres ciudades al otro lado del Jordán y tres en Canaán como ciudades de refugio.
Las tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y las otras tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de acogimiento.
15 Estas seis ciudades serán lugares de santuario para los israelitas y para los extranjeros o colonos entre ellos, de modo que cualquiera que mate a una persona por error pueda correr allí.
Estas seis ciudades serán para acogimiento a los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morará entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere a otro por yerro.
16 “Pero si alguien golpea deliberadamente a alguien con algo hecho de hierro y lo mata, esa persona es un asesino y debe ser ejecutado.
Y si con instrumento de hierro le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
17 Si alguien tomaun trozo de piedra que pueda ser usado como arma y golpea a alguien con ella, y lo mata, esa persona es un asesino y debe ser ejecutado.
Y si con piedra de mano de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
18 Si alguien tomaun trozo de madera que pueda ser usado como arma y golpea a alguien con ella, y lo mata, esa persona es un asesino y debe ser ejecutado.
Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, le hiriere, homicida es; el homicida morirá.
19 “El vengador debe ejecutar al asesino. Cuando encuentre al asesino, lo matará.
El redimidor de la sangre, él matará al homicida; cuando le encontrare, él le matará.
20 De la misma manera, si uno odia al otro y lo derriba o le tira algo deliberadamente, y lo mata;
Y si con odio le rempujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y murió:
21 o si alguien golpea a otro con su mano y mueren, el que lo golpeó debe ser ejecutado porque es un asesino. Cuando el vengador encuentra al asesino, debe matarlo.
O por enemistad le hirió con su mano, y murió, el heridor morirá, homicida es; el redimidor de la sangre matará al homicida, cuando le encontrare.
22 “Pero si alguien derriba a otro sin querer y sin odiarlo, o le tira algo sin querer hacerle daño,
Mas si a caso sin enemistades le rempujó, o echó sobre él cualquiera instrumento sin asechanzas,
23 o deja caer descuidadamente una piedra pesada que lo mata, pero no como enemigo o con intención de hacerle daño,
O hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, sin verle, y muriere, y él no era su enemigo ni procuraba su mal,
24 entonces la comunidad debe juzgar entre el asesino y el vengador siguiendo este reglamento.
Entonces la congregación juzgará entre el heridor y el redimidor de la sangre conforme a estas leyes.
25 El tribunal debe proteger al asesino de ser atacado por el vengador y debe devolverlo a la ciudad santuario a la que corrió, y debe permanecer allí hasta la muerte del sumo sacerdote, que fue ungido con el óleo santo.
Y la congregación librará al homicida de mano del redimidor de la sangre, y la congregación le hará volver a su ciudad de acogimiento, a la cual se había acogido, y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fue ungido con el santo aceite.
26 “Pero si el asesino sale de los límites de la ciudad santuario a la que huyó,
Y si saliendo saliere el homicida del término de su ciudad de acogimiento, a la cual se acogió,
27 y el vengador lo encuentra fuera de su ciudad santuario y lo mata, entonces el vengador no será culpable de asesinato,
Y el redimidor de la sangre le hallare fuera del término de la ciudad de su acogimiento, y el redimidor de la sangre matare al homicida, no habrá por ello muerte.
28 porque el asesino tiene que permanecer en su ciudad santuario hasta la muerte del sumo sacerdote. Sólo después de la muerte del sumo sacerdote se les permite volver a la tierra que poseen.
Mas en su ciudad de acogimiento habitará hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote el homicida volverá a la tierra de su posesión.
29 Estas normas se aplican a todas las generaciones futuras dondequiera que vivan.
Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades en todas vuestras habitaciones.
30 “Si alguien mata a una persona, el asesino debe ser ejecutado basándose en las pruebas aportadas por los testigos, en plural. Nadie debe ser ejecutado basándose en la evidencia dada por un solo testigo.
Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida, y un testigo no hablará contra persona para que muera.
31 “No se aceptará el pago en lugar de ejecutar a un asesino que ha sido declarado culpable.
Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte, mas de muerte morirá.
32 Tampoco se le permite aceptar el pago de una persona que huye a una ciudad santuario y le permite regresar y vivir en su propia tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.
Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de acogimiento para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
33 “No contaminen la tierra donde viven porque el derramamiento de sangre contamina la tierra, y la tierra donde se derrama la sangre no puede ser purificada excepto por la sangre de quien la derrama.
Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis, porque esta sangre contaminará la tierra; y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
34 No hagas impura la tierra donde vives porque yo también vivo allí. Yo soy el Señor, y vivo con los israelitas’”.
No contaminéis pues la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito: porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.

< Números 35 >