< Levítico 25 >

1 El Señor le dijo a Moisés en el Monte Sinaí,
Y el SEÑOR habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
2 “Dile a los israelitas: Cuando entren a la tierra que les daré, la tierra misma debe también observar un descanso sabático en honor al Señor.
Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará reposo al SEÑOR.
3 Seis años puedes cultivar tus campos, cuidar tus viñedos y cosechar tus cultivos.
Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos;
4 Pero el séptimo año ha de ser un sábado de completo descanso para la tierra, un sábado en honor al Señor. No planten sus campos ni cuiden sus viñedos.
y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado al SEÑOR; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
5 No cosechen lo que haya crecido en sus campos, ni recojan las uvas que no hayan cuidado. La tierra debe tener un año de completo descanso.
Lo que de suyo se naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu ofrenda no vendimiarás; año de reposo será a la tierra.
6 Pueden comer lo que la tierra produzca durante el año sabático. Esto se aplica a ti mismo, a tus esclavos y esclavas, a los trabajadores asalariados y a los extranjeros que viven contigo,
Mas el sábado de la tierra os será para comer a ti, y a tu siervo, y a tu sierva, y a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo;
7 y a tu ganado y a los animales salvajes que viven en tu tierra. Todo lo que crezca puede ser usado como alimento.
y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.
8 “Cuenta siete años sabáticos, es decir, siete veces siete años, para que los siete años sabáticos sumen cuarenta y nueve años.
Y te has de contar siete sábados de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.
9 Luegohaz sonar la trompeta por todo el país el décimo día del séptimo mes, que es el Día de la Expiación. Asegúrate de que esta señal se oiga en todo el país.
Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo a los diez del mes; el día de las expiaciones haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra.
10 Dedicarás el año cincuenta y anunciarás la libertad en todo el país para todos los que viven allí. Este será su Jubileo, cuando cada uno de ustedes vuelva a reclamar su propiedad y a formar parte de su familia una vez más.
Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.
11 El 50º año será un jubileo para ti. No siembren la tierra, no cosechen lo que haya podido crecer en sus campos, ni recojan las uvas de sus viñedos que no hayan cuidado.
El año de los cincuenta años os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus ofrendas;
12 Es un Jubileo y debe ser sagrado para ustedes. Podrán comer todo lo que produzca la tierra.
porque es jubileo; santo será a vosotros; el fruto de la tierra comeréis.
13 En este año jubilar, cada uno de ustedes volverá a su propiedad.
En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.
14 “Si venden tierra a su vecino, o le compran tierra, no se exploten mutuamente.
Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
15 Cuando compren a su prójimo, calculen cuántos años han pasado desde el último Jubileo, pues él les venderá según los años de cosecha que queden.
Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
16 Cuantos más años queden, más pagarán; cuantos menos años queden, menos pagarán, porque en realidad les está vendiendo un número determinado de cosechas.
Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los años de los frutos te ha de vender él.
17 No se exploten los unos a los otros, sino respeten a Dios, porque yo soy el Señor su Dios.
Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo soy el SEÑOR vuestro Dios.
18 “Guarden mis reglas y observen mis mandamientos, para que puedan vivir con seguridad en la tierra.
Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19 Entonces la tierra producirá una buena cosecha, para que tengas suficiente comida y vivasseguro en ella.
y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.
20 Pero si preguntas: ‘¿A qué iremos en el séptimo año si no sembramos o cosechamos nuestros cultivos?’
Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos,
21 Yo te bendeciré en el sexto año, para que la tierra produzca una cosecha que sea suficiente para tres años.
entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
22 Como sembrarán en el octavo año, seguirán comiendo de esa cosecha, que durará hasta su cosecha en el noveno año.
Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
23 “La tierra no debe ser vendida permanentemente, porque realmente me pertenece. Para mí ustedes son sólo extranjeros y viajeros de paso.
Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
24 Así que cualquier tierra que compren, deben hacer arreglos para devolverlo a su dueño original.
Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.
25 Si uno de los tuyos se vuelve pobre y te vende parte de su tierra, su familia cercana puede venir y comprar de nuevo lo que ha vendido.
Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26 Sin embargo, si no tienen a nadie que pueda volver a comprarla, pero mientras tanto su situación financiera mejora y tienen suficiente para volver a comprar la tierra,
Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
27 trabajarán cuántos años han pasado desde la venta, y devolverán el saldo a la persona que la compró, y volverán a su propiedad.
entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
28 Si no pueden reunir lo suficiente para pagar a la persona por la tierra, el comprador seguirá siendo su propietario hasta el Año Jubilar. Pero en el Jubileo la tierra será devuelta para que el propietario original pueda volver a su propiedad.
Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre, y él volverá a su posesión.
29 “Si alguien vende una casa situada en una ciudad amurallada, tiene derecho a comprarla de nuevo durante un año completo después de venderla. Puede ser comprada de nuevo en cualquier momento durante ese año.
Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.
30 Si no se recompra al final del año, la propiedad de la casa en la ciudad amurallada se transfiere de forma permanente al que la compró y a sus descendientes. No será devuelta en el Jubileo.
Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
31 Pero las casas de las aldeas que no tienen muros a su alrededor deben ser tratadas como si estuvieran en el campo. Pueden ser compradas de nuevo, y serán devueltas en el Jubileo.
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
32 “Sin embargo, los levitas siempre tienen el derecho de volver a comprar sus casas en los pueblos que les pertenecen.
Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.
33 Todo lo que los levitas poseen puede ser comprado de nuevo, incluso las casas vendidas en sus ciudades, y debe ser devuelto en el Jubileo. Eso es porque las casas en las ciudades de los levitas son lo que se les dio en propiedad como su parte entre los israelitas.
Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34 Sin embargo, los campos que rodean sus ciudades no deben ser vendidos porque pertenecen a los levitas permanentemente.
Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35 “Si alguno de los tuyos se vuelve pobre y no puede subsistir, debes ayudarlos de la misma manera que ayudarías a un extranjero o a un extraño, para que puedan seguir viviendo en tu vecindario.
Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; como peregrino y extranjero vivirá contigo.
36 No les hagas pagar ningún interés o exigir más de lo que pidieron prestado, pero respeta a tu Dios para que puedan seguir viviendo en tu zona.
No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37 No les prestes plata con intereses ni les vendas comida a un precio exagerado.
No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
38 Recuerda, yo soy el Señor tu Dios que te sacó de Egipto para darte la tierra de Canaán y ser tu Dios.
Yo soy el SEÑOR vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39 “Si alguno de los tuyos se hace pobre y tiene que venderse para trabajar para ti, no le obligues a trabajar como esclavo.
Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
40 Haz que vivan contigo como un trabajador asalariado que se queda contigo por un tiempo. Trabajarán para usted hasta el año del Jubileo.
Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41 Entonces ellos y sus hijos deben ser liberados, y pueden volver a su familia y a la propiedad de su familia.
Entonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
42 Los israelitas no deben ser vendidos como esclavos porque me pertenecen como mis esclavos - los saqué de Egipto.
Porque me pertenecen, yo los saqué de la tierra de Egipto; y no serán vendidos a manera de esclavos.
43 No los traten con brutalidad. Tengan respeto por su Dios.
No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.
44 “Compra tus esclavos y esclavas de las naciones vecinas.
Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas.
45 También puedes comprarlos a los extranjeros que han venido a vivir entre ustedes, o a sus descendientes nacidos en tu tierra. Puedes tratarlos como tu propiedad.
También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión.
46 Puedes pasarlos a tus hijos para que los hereden como propiedad después de tu muerte. Puedes convertirlos en esclavos de por vida, pero no debes tratar brutalmente como esclavo a ninguno de tu propio pueblo, los israelitas.
Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
47 “Si un extranjero entre ustedes tiene éxito, y uno de los suyos que vive cerca se empobrece y se vende al extranjero o a un miembro de su familia,
Y si el peregrino o extranjero que está contigo, adquiriese medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a la raza del linaje del extranjero;
48 todavía tienen derecho a ser comprados de nuevo después de la venta. Un miembro de su familia puede volver a comprarlos.
después que se hubiere vendido, tendrá redención; uno de sus hermanos lo rescatará;
49 Un tío, o primo, o cualquier pariente cercano de su familia puede volver a comprarlos. Si tienen éxito, pueden volver a comprarse a sí mismos.
o su tío, o el hijo de su tío lo rescatará, o el cercano de su carne, de su linaje, lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.
50 El interesado y su comprador calcularán el tiempo desde el año de la venta hasta el año del jubileo. El precio dependerá del número de años, calculado con la tarifa diaria de un trabajador asalariado.
Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
51 Si quedan muchos años, deberán pagar un porcentaje mayor del precio de compra.
Si aún fueren muchos años, conforme a ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.
52 Si sólo quedan unos pocos años antes del Año Jubilar, entonces sólo tienen que pagar un porcentaje dependiendo del número de años que les queden.
Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.
53 Deben vivir con su propietario extranjero como un trabajador asalariado, contratado de año en año, pero procuren que el propietario no lo trate brutalmente.
Como con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.
54 Si no son recomprados de ninguna de las maneras descritas, ellos y sus hijos serán liberados en el Año Jubilar.
Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.
55 Porque los israelitas me pertenecen como mis esclavos. Son mis esclavos, yo los saqué de Egipto. Yo soy el Señor tu Dios”.
Porque míos son los hijos de Israel; son esclavos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el SEÑOR vuestro Dios.

< Levítico 25 >