< Levítico 25 >
1 El Señor le dijo a Moisés en el Monte Sinaí,
Yahvé dijo a Moisés en el monte Sinaí:
2 “Dile a los israelitas: Cuando entren a la tierra que les daré, la tierra misma debe también observar un descanso sabático en honor al Señor.
“Habla a los hijos de Israel y diles: ‘Cuando entréis en la tierra que os doy, la tierra guardará un sábado para Yahvé.
3 Seis años puedes cultivar tus campos, cuidar tus viñedos y cosechar tus cultivos.
Sembrarás tu campo durante seis años, y podarás tu viña durante seis años, y recogerás sus frutos;
4 Pero el séptimo año ha de ser un sábado de completo descanso para la tierra, un sábado en honor al Señor. No planten sus campos ni cuiden sus viñedos.
pero en el séptimo año habrá un sábado de descanso solemne para la tierra, un sábado para Yahvé. No sembrarás tu campo ni podarás tu viña.
5 No cosechen lo que haya crecido en sus campos, ni recojan las uvas que no hayan cuidado. La tierra debe tener un año de completo descanso.
Lo que crezca por sí mismo en tu cosecha no lo cosecharás, y no recogerás las uvas de tu viña desnuda. Será un año de descanso solemne para la tierra.
6 Pueden comer lo que la tierra produzca durante el año sabático. Esto se aplica a ti mismo, a tus esclavos y esclavas, a los trabajadores asalariados y a los extranjeros que viven contigo,
El sábado de la tierra será para tu comida; para ti, para tu siervo, para tu sierva, para tu jornalero y para tu extranjero, que vive como forastero contigo.
7 y a tu ganado y a los animales salvajes que viven en tu tierra. Todo lo que crezca puede ser usado como alimento.
También para tu ganado y para los animales que están en tu tierra, todo su producto será para comer.
8 “Cuenta siete años sabáticos, es decir, siete veces siete años, para que los siete años sabáticos sumen cuarenta y nueve años.
“‘Contarás siete sábados de años, siete veces siete años; y serán para ti los días de siete sábados de años, cuarenta y nueve años.
9 Luegohaz sonar la trompeta por todo el país el décimo día del séptimo mes, que es el Día de la Expiación. Asegúrate de que esta señal se oiga en todo el país.
Entonces harás sonar la trompeta en el décimo día del séptimo mes. En el Día de la Expiación tocarás la trompeta en toda tu tierra.
10 Dedicarás el año cincuenta y anunciarás la libertad en todo el país para todos los que viven allí. Este será su Jubileo, cuando cada uno de ustedes vuelva a reclamar su propiedad y a formar parte de su familia una vez más.
Santificarás el quincuagésimo año y proclamarás la libertad en toda la tierra para todos sus habitantes. Será un jubileo para vosotros; y cada uno de vosotros volverá a su propiedad, y cada uno de vosotros volverá a su familia.
11 El 50º año será un jubileo para ti. No siembren la tierra, no cosechen lo que haya podido crecer en sus campos, ni recojan las uvas de sus viñedos que no hayan cuidado.
Ese quincuagésimo año será un jubileo para vosotros. En él no sembraréis, ni cosecharéis lo que crezca por sí mismo, ni recogeréis de las viñas deshojadas.
12 Es un Jubileo y debe ser sagrado para ustedes. Podrán comer todo lo que produzca la tierra.
Porque es un jubileo; será sagrado para vosotros. Comeréis de su cosecha del campo.
13 En este año jubilar, cada uno de ustedes volverá a su propiedad.
“‘En este Año del Jubileo cada uno de vosotros volverá a su propiedad.
14 “Si venden tierra a su vecino, o le compran tierra, no se exploten mutuamente.
“‘Si vendes algo a tu prójimo, o compras a tu prójimo, no te perjudicarás mutuamente.
15 Cuando compren a su prójimo, calculen cuántos años han pasado desde el último Jubileo, pues él les venderá según los años de cosecha que queden.
Según el número de años después del jubileo comprarás a tu prójimo. Según el número de años de las cosechas te venderá.
16 Cuantos más años queden, más pagarán; cuantos menos años queden, menos pagarán, porque en realidad les está vendiendo un número determinado de cosechas.
Según la duración de los años, aumentaréis su precio, y según la brevedad de los años, disminuiréis su precio; porque él os vende el número de las cosechas.
17 No se exploten los unos a los otros, sino respeten a Dios, porque yo soy el Señor su Dios.
No os perjudicaréis unos a otros, sino que temeréis a vuestro Dios, porque yo soy Yahvé, vuestro Dios.
18 “Guarden mis reglas y observen mis mandamientos, para que puedan vivir con seguridad en la tierra.
“‘Por tanto, pondréis en práctica mis estatutos, y guardaréis mis ordenanzas y las pondréis en práctica; y habitaréis en la tierra con seguridad.
19 Entonces la tierra producirá una buena cosecha, para que tengas suficiente comida y vivasseguro en ella.
La tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.
20 Pero si preguntas: ‘¿A qué iremos en el séptimo año si no sembramos o cosechamos nuestros cultivos?’
Si dijerais: “¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí que no sembraremos, ni recogeremos nuestros frutos”;
21 Yo te bendeciré en el sexto año, para que la tierra produzca una cosecha que sea suficiente para tres años.
entonces ordenaré mi bendición sobre vosotros en el sexto año, y dará fruto durante los tres años.
22 Como sembrarán en el octavo año, seguirán comiendo de esa cosecha, que durará hasta su cosecha en el noveno año.
El octavo año sembrarás y comerás de los frutos de la vieja tienda hasta el noveno año. Hasta que dé sus frutos, comerás de la vieja tienda.
23 “La tierra no debe ser vendida permanentemente, porque realmente me pertenece. Para mí ustedes son sólo extranjeros y viajeros de paso.
“‘La tierra no se venderá a perpetuidad, pues la tierra es mía; porque vosotros sois extranjeros y vivís como tales conmigo.
24 Así que cualquier tierra que compren, deben hacer arreglos para devolverlo a su dueño original.
En toda la tierra de vuestra posesión concederéis un rescate por la tierra.
25 Si uno de los tuyos se vuelve pobre y te vende parte de su tierra, su familia cercana puede venir y comprar de nuevo lo que ha vendido.
“‘Si tu hermano se empobrece y vende parte de sus bienes, entonces su pariente más cercano vendrá a rescatar lo que su hermano ha vendido.
26 Sin embargo, si no tienen a nadie que pueda volver a comprarla, pero mientras tanto su situación financiera mejora y tienen suficiente para volver a comprar la tierra,
Si el hombre no tiene quien lo rescate, y llega a ser próspero y encuentra medios suficientes para redimirlo,
27 trabajarán cuántos años han pasado desde la venta, y devolverán el saldo a la persona que la compró, y volverán a su propiedad.
entonces que cuente los años transcurridos desde su venta, y devuelva el excedente al hombre a quien lo vendió; y éste volverá a su propiedad.
28 Si no pueden reunir lo suficiente para pagar a la persona por la tierra, el comprador seguirá siendo su propietario hasta el Año Jubilar. Pero en el Jubileo la tierra será devuelta para que el propietario original pueda volver a su propiedad.
Pero si no puede recuperarlo para sí, entonces lo que haya vendido quedará en manos del que lo compró hasta el Año del Jubileo. En el Jubileo será liberado, y volverá a su propiedad.
29 “Si alguien vende una casa situada en una ciudad amurallada, tiene derecho a comprarla de nuevo durante un año completo después de venderla. Puede ser comprada de nuevo en cualquier momento durante ese año.
“‘Si un hombre vende una vivienda en una ciudad amurallada, podrá rescatarla en el plazo de un año entero después de haberla vendido. Durante un año completo tendrá el derecho de redención.
30 Si no se recompra al final del año, la propiedad de la casa en la ciudad amurallada se transfiere de forma permanente al que la compró y a sus descendientes. No será devuelta en el Jubileo.
Si no se rescata en el plazo de un año completo, la casa que esté en la ciudad amurallada quedará asegurada a perpetuidad para el que la compró, por sus generaciones. No se liberará en el jubileo.
31 Pero las casas de las aldeas que no tienen muros a su alrededor deben ser tratadas como si estuvieran en el campo. Pueden ser compradas de nuevo, y serán devueltas en el Jubileo.
Pero las casas de las aldeas que no tengan muro alrededor serán contabilizadas con los campos del país; podrán ser redimidas, y serán liberadas en el Jubileo.
32 “Sin embargo, los levitas siempre tienen el derecho de volver a comprar sus casas en los pueblos que les pertenecen.
“‘Sin embargo, en las ciudades de los levitas, los levitas podrán redimir las casas de las ciudades de su posesión en cualquier momento.
33 Todo lo que los levitas poseen puede ser comprado de nuevo, incluso las casas vendidas en sus ciudades, y debe ser devuelto en el Jubileo. Eso es porque las casas en las ciudades de los levitas son lo que se les dio en propiedad como su parte entre los israelitas.
Los levitas podrán rescatar la casa vendida y la ciudad de su posesión, y será liberada en el jubileo; porque las casas de las ciudades de los levitas son su posesión entre los hijos de Israel.
34 Sin embargo, los campos que rodean sus ciudades no deben ser vendidos porque pertenecen a los levitas permanentemente.
Pero el campo de las tierras de pastoreo de sus ciudades no podrá ser vendido, porque es su posesión perpetua.
35 “Si alguno de los tuyos se vuelve pobre y no puede subsistir, debes ayudarlos de la misma manera que ayudarías a un extranjero o a un extraño, para que puedan seguir viviendo en tu vecindario.
“‘Si tu hermano se ha empobrecido, y su mano no puede mantenerse entre vosotros, entonces lo mantendrás. Vivirá contigo como un extranjero y un residente temporal.
36 No les hagas pagar ningún interés o exigir más de lo que pidieron prestado, pero respeta a tu Dios para que puedan seguir viviendo en tu zona.
No tomes de él ningún interés ni ganancia, sino teme a tu Dios, para que tu hermano viva entre vosotros.
37 No les prestes plata con intereses ni les vendas comida a un precio exagerado.
No le prestarás tu dinero con intereses, ni le darás tu comida con fines de lucro.
38 Recuerda, yo soy el Señor tu Dios que te sacó de Egipto para darte la tierra de Canaán y ser tu Dios.
Yo soy el Señor, tu Dios, que te sacó de la tierra de Egipto para darte la tierra de Canaán y para ser tu Dios.
39 “Si alguno de los tuyos se hace pobre y tiene que venderse para trabajar para ti, no le obligues a trabajar como esclavo.
“‘Si tu hermano se ha empobrecido entre vosotros y se vende a ti, no lo harás servir como esclavo.
40 Haz que vivan contigo como un trabajador asalariado que se queda contigo por un tiempo. Trabajarán para usted hasta el año del Jubileo.
Como jornalero y como residente temporal estará contigo; servirá contigo hasta el Año del Jubileo.
41 Entonces ellos y sus hijos deben ser liberados, y pueden volver a su familia y a la propiedad de su familia.
Entonces saldrá de vosotros, él y sus hijos con él, y volverá a su familia y a la posesión de sus padres.
42 Los israelitas no deben ser vendidos como esclavos porque me pertenecen como mis esclavos - los saqué de Egipto.
Porque son mis siervos, a quienes saqué de la tierra de Egipto. No serán vendidos como esclavos.
43 No los traten con brutalidad. Tengan respeto por su Dios.
No te enseñorearás de él con dureza, sino que temerás a tu Dios.
44 “Compra tus esclavos y esclavas de las naciones vecinas.
“‘En cuanto a tus esclavos y esclavas, que puedes tener de las naciones que te rodean, de ellos podrás comprar esclavos y esclavas.
45 También puedes comprarlos a los extranjeros que han venido a vivir entre ustedes, o a sus descendientes nacidos en tu tierra. Puedes tratarlos como tu propiedad.
Además, de los hijos de los extranjeros que vivan entre vosotros, podréis comprar, y de sus familias que estén con vosotros, lo que hayan concebido en vuestra tierra; y serán de vuestra propiedad.
46 Puedes pasarlos a tus hijos para que los hereden como propiedad después de tu muerte. Puedes convertirlos en esclavos de por vida, pero no debes tratar brutalmente como esclavo a ninguno de tu propio pueblo, los israelitas.
Podrás convertirlos en herencia para tus hijos después de ti, para que los tengas en posesión. De ellos podréis tomar vuestros esclavos para siempre, pero sobre vuestros hermanos los hijos de Israel no gobernaréis, unos sobre otros, con dureza.
47 “Si un extranjero entre ustedes tiene éxito, y uno de los suyos que vive cerca se empobrece y se vende al extranjero o a un miembro de su familia,
“‘Si un extranjero o un residente temporal entre vosotros se enriquece, y su hermano junto a él se ha empobrecido, y se vende al extranjero o a la extranjera que vive entre vosotros, o a un miembro de la familia del extranjero,
48 todavía tienen derecho a ser comprados de nuevo después de la venta. Un miembro de su familia puede volver a comprarlos.
después de ser vendido podrá ser redimido. Uno de sus hermanos podrá redimirlo;
49 Un tío, o primo, o cualquier pariente cercano de su familia puede volver a comprarlos. Si tienen éxito, pueden volver a comprarse a sí mismos.
o su tío, o el hijo de su tío, podrá redimirlo, o cualquiera que sea pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si se ha enriquecido, podrá redimirlo él mismo.
50 El interesado y su comprador calcularán el tiempo desde el año de la venta hasta el año del jubileo. El precio dependerá del número de años, calculado con la tarifa diaria de un trabajador asalariado.
Contará con el que lo compró desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo. El precio de su venta será según el número de años; estará con él según el tiempo de un jornalero.
51 Si quedan muchos años, deberán pagar un porcentaje mayor del precio de compra.
Si aún quedan muchos años, según ellos devolverá el precio de su redención del dinero por el que fue comprado.
52 Si sólo quedan unos pocos años antes del Año Jubilar, entonces sólo tienen que pagar un porcentaje dependiendo del número de años que les queden.
Si faltan pocos años para el año del jubileo, entonces contará con él; según sus años de servicio devolverá el precio de su redención.
53 Deben vivir con su propietario extranjero como un trabajador asalariado, contratado de año en año, pero procuren que el propietario no lo trate brutalmente.
Como siervo contratado año tras año estará con él. No gobernará con dureza sobre él a sus ojos.
54 Si no son recomprados de ninguna de las maneras descritas, ellos y sus hijos serán liberados en el Año Jubilar.
Si no es redimido por estos medios, será liberado en el Año del Jubileo: él y sus hijos con él.
55 Porque los israelitas me pertenecen como mis esclavos. Son mis esclavos, yo los saqué de Egipto. Yo soy el Señor tu Dios”.
Porque para mí los hijos de Israel son siervos; son mis siervos que saqué de la tierra de Egipto. Yo soy Yahvé, vuestro Dios.