< Éxodo 22 >
1 “Quien robe un buey o una oveja y la mate o la venda, deberá devolver cinco bueyes por un buey y cuatro ovejas por una oveja.
Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.
2 “Si se descubre a un ladrón entrando en la casa de alguien y es golpeado hasta la muerte, nadie será culpable de asesinato.
Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte.
3 Pero si ocurre durante el día, entonces alguien es culpable de asesinato. El ladrón debe devolver todo lo robado. Si no tiene nada, entonces debe ser vendido para pagar lo que fue robado.
Si el sol hubiere salido sobre él, el matador será reo de homicidio; el ladrón habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto.
4 Si lo que fue robado es un animal vivo que todavía tiene, ya sea un buey, un asno o una oveja, debe devolver el doble.
Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
5 “Si el ganado pasta en un campo o en un viñedo y su dueño lo deja vagar para que pasten en el campo de otro, el dueño debe pagar una compensación con lo mejor de sus propios campos o viñedos.
Si alguno hiciere pastar tierra o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña pagará.
6 “Si se inicia un incendio que se extiende a los arbustos espinosos y luego quema el grano apilado o en pie, o incluso todo el campo, la persona que inició el fuego debe pagar una compensación completa.
Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinas quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
7 “Si alguien le da a su vecino dinero o posesiones para que las guarde y se las roban de la casa del vecino, si el ladrón es atrapado debe pagar el doble.
Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.
8 Si el ladrón no es atrapado, el propietario de la casa debe comparecer ante los jueces para averiguar si se llevó la propiedad de su vecino.
Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para jurar si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo.
9 “Si hay una discusión sobre la propiedad de un buey, un asno, una oveja, una prenda de vestir, o cualquier cosa que se haya perdido y alguien dice: ‘Esto es mío’, ambas partes deben llevar su caso ante los jueces. Aquel al que los jueces encuentren culpable debe devolverle el doble al otro.
Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
10 “Si alguien pide a un vecino que cuide un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal, pero éste muere o se lesiona o es robado sin que nadie se dé cuenta,
Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;
11 entonces se debe prestar un juramento ante el Señor para decidir si el vecino ha tomado la propiedad del dueño. El propietario debe aceptar el juramento y no exigir una compensación.
juramento del SEÑOR tendrá lugar entre ambos de que no metió su mano a la hacienda de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
12 “Sin embargo, si el animal fue realmente robado al vecino, debe compensar al propietario.
Mas si le hubiere sido hurtado, lo pagará a su dueño.
13 Si fue matado y despedazado por un animal salvaje, el vecino deberá presentar el cadáver como prueba y no necesita pagar indemnización.
Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.
14 “Si alguien toma prestado un animal del vecino y éste resulta herido o muere mientras su dueño no está presente, debe pagar una indemnización en su totalidad.
Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere perniquebrada o muerta, ausente su dueño, la pagará.
15 Si el propietario estaba presente, no se pagará ninguna compensación. Si el animal fue alquilado, sólo se debe pagar el precio del alquiler.
Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler.
16 “Si un hombre seduce a una virgen no comprometida para casarse y se acuesta con ella, debe pagar el precio completo de la novia para que se convierta en su esposa.
Cuando alguno engañare a alguna virgen que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer.
17 Si el padre de ella se niega rotundamente a dársela, el hombre debe pagar la misma cantidad que el precio de la novia por una virgen.
Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme al dote de las vírgenes.
18 “No se debe permitir que viva una mujer que practique la brujería.
A la hechicera no darás la vida.
19 “Todo aquel que tenga relaciones sexuales con un animal debe ser ejecutado.
Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.
20 “Cualquiera que se sacrifique a cualquier otro dios que no sea el Señor debe ser apartado y ejecutado.
El que sacrificare a dioses, excepto sólo al SEÑOR, será muerto.
21 “No se debe explotar o maltratar a un extranjero. Recuerden que ustedes mismos fueron una vez extranjeros en Egipto.
Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
22 “No se aprovechen de ninguna viuda o huérfano.
A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.
23 Si los maltratan, y ellos me piden ayuda, responderé a su clamor.
Que si tú llegas a afligirle, y él a mí clamare, ciertamente oiré yo su clamor;
24 Me enfadaré y mataré a quien se aproveche de ellos con espada. Entonces sus esposas se convertirán en viudas y sus hijos quedarán huérfanos.
y mi furor se encenderá, y os mataré a cuchillo, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
25 “Si le prestas dinero a mi pueblo porque son pobres, no te comportes como un prestamista con ellos. No debes cobrarles ningún interés.
Si dieres a mi pueblo dinero prestado, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
26 “Si necesitas la capa de tu vecino como garantía de un préstamo, debes devolvérsela antes de la puesta de sol,
Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a puestas del sol se lo volverás;
27 porque es la única ropa que tiene para su cuerpo. ¿De otro modo, con qué dormirá? Y si me pide ayuda, le escucharé, porque soy misericordioso.
porque sólo aquello es su cubierta, es aquel el vestido para cubrir sus carnes, en el que ha de dormir; y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso.
28 “No desprecies a Dios ni maldigas al líder de tu pueblo.
No maldecirás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 “No retengas las ofrendas requeridas de tus productos, aceite de oliva y vino. Debes darme el primogénito de tus hijos.
No dilatarás la primicia de tu cosecha, ni de tu licor, me darás el primogénito de tus hijos.
30 También debes darme el primogénito de tus vacas, ovejas y cabras. Podrás dejarlos con sus madres durante los primeros siete días, pero debes darmelos al octavo día.
Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 “Ustedes deben ser un pueblo santo para mí. No coman ningún cadáver de animal que encuentren en el campo y que haya sido asesinado por animales salvajes. Láncenlos a los perros para que se lo coman”.
Y habéis de serme varones santos; y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; a los perros la echaréis.